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Mostrando entradas de marzo, 2025

LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DE MERCADO - ANALISIS

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El artículo 7 sobre el "Poder de Mercado" aborda un concepto fundamental en la economía y la regulación de mercados. A continuación, se presenta una explicación pedagógica que desglosa sus elementos clave para facilitar su comprensión. AB. WILLIAM BARBA ¿Qué es el Poder de Mercado? El  poder de mercado  se refiere a la capacidad que tienen ciertos actores económicos (empresas, grupos de empresas, etc.) para influir en las condiciones del mercado. Esto significa que pueden afectar precios, cantidades de productos disponibles, y en general, el comportamiento del mercado de una manera que no podría si estuvieran compitiendo en igualdad de condiciones. ¿Cómo se puede obtener el Poder de Mercado? Individualmente  : Una empresa puede alcanzar el poder de mercado por sí sola, por ejemplo, si tiene un producto único que no tiene competencia directa. Esto le permite fijar precios más altos o controlar la oferta. Colectivamente  : A veces, varias empresas pueden unirse (de man...

Corte Nacional de Justicia aclara límites en el retiro de demandas: Máximo dos veces

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La Corte Nacional de Justicia (CNJ) ha emitido una resolución aclaratoria sobre el artículo 236 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), estableciendo un límite claro en el retiro de demandas por parte de los actores. La consulta, remitida por la Presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Azuay, planteaba la interrogante sobre la posibilidad de presentar una tercera demanda tras haber retirado las dos anteriores, permitidas por el mencionado artículo. Fundamento Legal El artículo 236 del COGEP establece que: "La parte actora podrá retirar su demanda antes que esta haya sido citada, en este caso la o el juzgador ordenará su archivo. El retiro de la demanda vuelve las cosas al estado en que tenían antes de haberla propuesto, pudiendo la parte actora ejercer una nueva acción. La demanda deberá ser devuelta aún sin estar calificada, por lo que la petición de retiro será despachada en primer lugar. La misma demanda podrá ser retirada hasta un máximo de dos ocasiones"...