ACCIÓN DE NULIDAD DE SENTENCIA EJECUTORIADA Y SU CUANTÍA
⚖️ BOLETÍN PEDAGÓGICO INFORMATIVO JURISPRUDENCIAL 🇪🇨
Ab.William Barba JIménez
El
El presente boletín pedagógico, elaborado con base en el Criterio No Vinculante de la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, Oficio No. 921-P-CNJ-2018-26, tiene por objeto clarificar el tratamiento de la cuantía en las demandas de Nulidad de Sentencia Ejecutoriada según el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en especial cuando se relacionan con el ámbito laboral.
📌 Objeto de la Consulta
El criterio de la Corte atiende la inquietud planteada por la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, relativa a la aplicabilidad de las reglas de la cuantía en el área laboral:
Consulta: Si la acción de nulidad de sentencia se considera de cuantía indeterminada, y el área laboral en principio no admite a trámite demandas con cuantía indeterminada, ¿deben admitirse a trámite las demandas de nulidad de sentencia aun cuando su cuantía no esté determinada?.
🔎 Análisis Jurídico y Fundamento Legal
La Nulidad de Sentencia Ejecutoriada constituye un medio extraordinario de impugnación extraprocesal, regulado en el Art. 112 del COGEP.
1. Naturaleza Jurídica Distinta
La Presidencia de la Corte Nacional de Justicia establece que la acción de nulidad de sentencia es esencialmente distinta a una controversia originada en una relación individual de trabajo (materia laboral).
Acción de Nulidad: Se refiere a la validez de un proceso judicial en su conjunto, buscando retrotraer el proceso o dejar sin efecto la sentencia por omisión de solemnidades sustanciales.
Reclamo Laboral: Se refiere a reclamos de índole sustantiva, como derechos y obligaciones derivados de la relación laboral.
2. Implicación en la Cuantía
Debido a que la materia que se juzga es diferente, el criterio es categórico:
Principio: No se deben aplicar las reglas para la determinación de la cuantía establecidas para los procesos laborales.
Conclusión: La acción de nulidad de sentencia, al versar sobre la validez del proceso (materia de cuantía indeterminada), debe ser admitida a trámite, pues la limitación de no admitir cuantías indeterminadas en el área laboral no es aplicable a esta acción extraordinaria.
🔑 Principales Causales de Nulidad (Art. 112 COGEP)
Para fines pedagógicos, se recuerda que la sentencia ejecutoriada es nula, entre otras, en los siguientes casos taxativos:
Por falta de jurisdicción o competencia de la o el juzgador que la dictó, salvo que estas se hayan planteado y resuelto como excepciones previas.
- Por ilegitimidad de personería de cualquiera de las partes, salvo que se haya resuelto como excepción previa.
- Por no haberse citado con la demanda a la o el demandado si este no compareció al proceso.
Por no haberse notificado a las partes la convocatoria a las audiencias o la sentencia, siempre y cuando la parte no haya comparecido a la respectiva audiencia o no se haya interpuesto recurso alguno a la sen
tencia.
AB. WILLIAM BARBA BARBA & ABOGADOS CONSULTAS AL 0993392629

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